
Siempre estΓ‘ la interrogante de cuΓ‘ndo se debe dar el paso a los vehΓculos de emergencia. ΒΏSiempre? ΒΏSΓ³lo cuando llevan sus balizas y sirenas encendidas?La Ley de TrΓ‘nsito NΒ° 18.290 establece que los vehΓculos de emergencia son los de Carabineros de Chile e Investigaciones, Cuerpo de Bomberos y Ambulancias. Entonces, cuando estos vehΓculos se acerquen por la vΓa con sus seΓ±alizaciones visuales y sonoras, tienen preferencia de paso. AdemΓ‘s solo podrΓ‘n hacer uso de sus dispositivos sonoros cuando vayan en servicio de carΓ‘cter urgente, no siempre.